Multas del SII: tipos, cómo se calculan y cómo reducirlas
La deuda tributaria puede reunir impuesto, reajuste, interés y sanción. Identifique la infracción y el procedimiento; no aplique una tarifa única a todos los atrasos.
Interés y reajuste vigentes
Desde 2025 el interés penal se determina diariamente conforme a las tasas oficiales aplicables, junto con reajuste. La antigua tasa de 1,5% mensual y sus extrapolaciones anuales no describen el recargo actual. Verifique período y cálculo oficial.
F29 y retenciones
Confirme el calendario: regla general del día 12, extensión al 20 para habilitados y hasta el 28 por Internet sin pago o sin movimiento, según condiciones. El día 20 no es un vencimiento universal.
En IVA o retenciones impagas, el artículo 97 N°11 contempla 10% más 2% por mes o fracción hasta 30% en el supuesto general; si se detecta por fiscalización pueden operar porcentajes de 20% y hasta 60%. Los casos sin pago y otras infracciones tienen reglas diferentes. La infracción concreta determina los límites de la sanción; no hay una tarifa genérica que sustituya ese análisis.
Renta, DJ y contabilidad
Determine si la declaración tiene pago, devolución o ausencia de impuesto y cuál infracción se configura. Las DJ no tienen una multa uniforme universal de 1 UTM; tampoco toda falta contable se sanciona con «hasta 1 UTM por período». Consulte obligación, norma y antecedentes.
Para estimar un atraso, identifique impuesto y vencimiento real; calcule reajuste e interés vigente; determine sanción aplicable; luego evalúe una condonación que proceda. El total debe construirse con los porcentajes, tasas y sanciones aplicables al caso.
Condonación y cobranza
La política de condonación vigente desde el 18 de junio de 2026 tiene condiciones, antigüedad y exclusiones. No garantiza 100% por una primera infracción en 24 meses ni bandas de 40–80% para todos.
Distinga las actuaciones del SII de recaudación, convenios y cobranza de TGR. No toda sanción se impone sin procedimiento. La prescripción exige analizar artículos 200 y 201: ampliación, suspensión e interrupción son situaciones distintas; no toda notificación reinicia el plazo.
Preguntas frecuentes
¿El interés sigue siendo 1,5% mensual?
No. Use el régimen diario y tasas oficiales vigentes.
¿La primera multa se condona automáticamente?
No. Deben cumplirse las condiciones de la política aplicable.
¿Cada DJ atrasada cuesta 1 UTM?
No existe una regla uniforme para todas; identifique la obligación e infracción.
Fuentes oficiales
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