Jornada de 42 horas en 2026: guía para empleadores
Desde el 26 de abril de 2026, el límite general de la jornada ordinaria bajó a 42 horas semanales. La implementación exige revisar horarios, anexos, turnos y registros sin disminuir remuneraciones.
Qué cambió en abril de 2026
La Ley 21.561 estableció una reducción gradual de la jornada ordinaria: 44 horas desde abril de 2024, 42 horas desde el 26 de abril de 2026 y 40 horas desde abril de 2028. En 2026, por tanto, una empresa sujeta a la jornada ordinaria general no debe seguir operando con un máximo semanal de 44 horas.
La reducción no autoriza a rebajar la remuneración. Tampoco convierte automáticamente las horas reducidas en tiempo de colación ni permite concentrarlas de cualquier forma: la distribución debe respetar los límites diarios, los descansos y el contrato aplicable.
Cómo implementar la reducción
- Levantar la situación actual: listar jornadas, turnos, días trabajados, colaciones y sistemas excepcionales.
- Buscar un acuerdo: definir con trabajadores u organizaciones sindicales cómo se distribuirán las dos horas de rebaja.
- Documentar: dejar respaldo escrito mediante anexo, acuerdo colectivo u otro instrumento pertinente.
- Actualizar la operación: configurar turnos, reloj control, cierres de nómina y cálculo de horas extraordinarias.
- Comunicar: informar desde qué fecha rige el horario y quién resuelve incidencias.
Qué ocurre si no hay acuerdo
La interpretación administrativa vigente privilegia el acuerdo. A falta de este, la reducción debe aplicarse al término de la jornada diaria, respetando la unidad de tiempo y la distribución semanal que correspondan. El empleador debe poder acreditar que existieron tratativas reales y mantener respaldo de la decisión aplicada.
Documentos y sistemas que conviene revisar
- Contratos y anexos de jornada.
- Reglamento interno y mallas de turnos.
- Configuración del sistema de control de asistencia.
- Base de cálculo y autorización de horas extraordinarias.
- Políticas de desconexión y trabajo a distancia, cuando correspondan.
- Cartas de turno y comunicaciones a jefaturas.
Errores frecuentes
- Reducir tiempo de colación en vez de la jornada efectiva.
- Mantener una jornada de 44 horas y compensarla informalmente.
- Modificar turnos sin actualizar el registro de asistencia.
- Aplicar una rebaja de remuneración.
- No revisar jornadas parciales, excepcionales o excluidas por separado.
Checklist de cierre
Preguntas frecuentes
¿La jornada ya es de 40 horas?
No como regla general. En agosto de 2026 el límite general está en 42 horas; la siguiente reducción a 40 horas está prevista para abril de 2028, sin perjuicio de empresas que la adopten anticipadamente.
¿Hay que firmar un anexo?
La forma concreta depende del modo de implementación y de los instrumentos vigentes. Como criterio de control, conviene que el cambio quede claramente documentado y sea coherente con contrato, turnos y asistencia.
¿Afecta el cálculo de horas extra?
Sí. La jornada pactada y su distribución son antecedentes centrales para determinar cuándo existe trabajo extraordinario y cómo se registra.
¿Su jornada, turnos y control de asistencia ya coinciden?
Podemos revisar contratos, anexos, configuración de asistencia y proceso de remuneraciones como un conjunto.